Fiscalizar la igualdad salarial en el Perú

Las inspecciones laborales aleatorias comenzaron el 1 de julio de 2019 / Pixabay
Las inspecciones laborales aleatorias comenzaron el 1 de julio de 2019 / Pixabay
Las organizaciones deben seguir estrictamente algunos lineamientos para garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres. De lo contrario, se expondrán a graves sanciones
Fecha de publicación: 25/07/2019
Etiquetas: Perú, igualdad salarial

El 1 de julio de 2019 la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral del Perú (Sunafil) inició las inspecciones laborales aleatorias a empresas privadas, para verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales en igualdad salarial sin discriminación. La ley, que fue aprobada en diciembre de 2017, requiere que los empleadores evalúen y categoricen los empleos para garantizar que se pague lo mismo a hombres y mujeres, no solo por hacer el mismo trabajo, sino también cuando se realizan diferentes trabajos que sean considerados de igual valor.

 

La medida es importante, ya que asegura que las empresas den cumplimiento a esas obligaciones. Debido a que la normativa es reciente, el modo más eficaz para la adecuación por parte de las empresas es el coercitivo, a través de las inspecciones laborales.

 

Sin embargo, la igualdad salarial todavía no resulta una prioridad en el sector empresarial. A la fecha, una gran cantidad de organizaciones no está preparada para este tipo de auditorías por desinformación, así como por el hecho de que apenas se han materializado las multas administrativas y laborales, que comenzaron en el segundo semestre del año. Cabe resaltar que el incumplimiento de las obligaciones es considerado una infracción muy grave, pudiendo la Sunafil sancionar a las empresas infractoras con multas que oscilen entre los 9.450 y 189.000 soles (aprox. 2.865 y 87.350 dólares respectivamente al 25 de julio), dependiendo del número de trabajadores afectados.

 

Las empresas necesitan buscar asesoría multidisciplinaria para adecuarse a la ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre hombres y mujeres y su reglamento lo antes posible, con el objetivo de hacer frente a las potenciales inspecciones. Deben manejar, como mínimo, una política salarial clara y un cuadro de categorías y funciones debidamente implementados dentro de sus organizaciones.

 

Los departamentos de recursos humanos tendrán que tomar en consideración que las diferencias salariales entre trabajadores de una misma categoría deben obedecer a criterios objetivos y justificables, limitando su discreción respecto a la determinación de las remuneraciones de los trabajadores, dentro de los parámetros delineados por la política salarial. Esta normativa va a proporcionar métodos de evaluación y organización en las empresas que podrán garantizar la igualdad de oportunidades entre personas de distinto sexo. Así, se reducirá indiscutiblemente la brecha salarial entre hombres y mujeres.

 

Detallamos las principales obligaciones laborales que serán materia de fiscalización:

 

  • Manejo de los salarios sin discriminación: las empresas deben determinar las remuneraciones de sus trabajadores con base en la categoría de cada posición, según lo establecido en su política salarial. Las diferencias que se presenten entre los trabajadores de la misma categoría deben obedecer a hechos objetivos y justificables.
  • Obligación de tener una política salarial e informar sobre criterios de evaluación: dicha política deberá contener los criterios objetivos, claramente delimitados para el otorgamiento del salario y los beneficios que son parte del esquema remunerativo del personal. Asimismo, deberán justificarse los salarios diferenciados respecto de los trabajadores que realizan las mismas labores. Tendrá que ser comunicada a los trabajadores: al entrar en la empresa como trabajador o trabajadora; cuando se produzca una modificación de la categoría ocupacional a la que pertenece el trabajador; cuando se efectúe una modificación del esquema de remuneración que aplique, según la política remunerativa. De igual forma, las empresas tienen el deber de informar los criterios de evaluación de desempeño en el supuesto de que estos sean usados para el otorgamiento de algún beneficio laboral, entiéndase, bonificación o incremento remunerativo.
  • Obligación de tener cuadro de categorías y funciones: el valor de cada posición en la empresa debe manifestarse en un cuadro de categorías y funciones. El esquema contendrá, como mínimo, las posiciones de trabajo incluidas en cada categoría, las características generales que justifican su agrupación en una categoría y la jerarquización de las categorías, según su valoración y necesidad de la actividad económica de la empresa.

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