México propone modificar Ley de Telecomunicaciones para reforzar protección de datos

La Ley contiene preceptos prescriptivos que no contemplan entre los sujetos obligados a los prestadores de servicios de acceso a internet / Sigmund - Unsplash
La Ley contiene preceptos prescriptivos que no contemplan entre los sujetos obligados a los prestadores de servicios de acceso a internet / Sigmund - Unsplash
Las reformas fueron propuestas por el diputado Javier López Casarín, presidente de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, quien propuso modificar los artículos 189 y 190 de la normativa.
Fecha de publicación: 11/10/2023

La Cámara de Diputados de México informó que se han presentado reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para incluir a los prestadores de servicios de internet entre los individuos obligados a obedecer mandatos administrativos o judiciales. Esto se lograría mediante la modificación de los artículos 189 y 190.

La reforma plantea que ahora el artículo 189, diga que “los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados y proveedores de servicios de aplicaciones, contenidos y prestadores de servicios de Internet, están obligados a atender todo mandamiento por escrito, fundado y motivado de la autoridad competente en los términos que establezcan las leyes”.

Las reformas fueron propuestas por el diputado Javier López Casarín, presidente de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, quien también propuso obligar, mediante modificación del artículo 190, a los proveedores de servicios de Internet a conservar un registro y control de las comunicaciones que se realicen a través de estos por al menos un año, en sistemas que permitan su consulta en tiempo real, por parte de las autoridades competentes. 


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Cumplir a cabalidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares es otra de las exigencias que se le hará a estos entes que, además, deben garantizar la conservación, cuidado e integridad de los datos contra la manipulación y acceso ilícito que registren.

La propuesta de actualización se hizo porque, explicó, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión contiene diversos preceptos prescriptivos en materia de seguridad y justicia, sin que se contemple entre los sujetos obligados a los prestadores de servicios de acceso a internet.

Casarín, en abril de este año, encabezó la comisión que presentó ante el Comité contra Drogas y Delincuencia, de la Organización de Naciones Unidas (ONU), el borrador de la primera Ley de Ciberseguridad mexicana, con cuatro líneas de acción: crear un marco legal que permita sancionar o tipificar los ciberataques; crear una Agencia Nacional de Ciberseguridad controlada por el Poder Ejecutivo; garantizar la seguridad nacional mediante la defensa del espacio digital, y realizar pruebas de penetración a las instituciones públicas y privadas para determinar violaciones a la seguridad.


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México aún no tiene una ley de ciberseguridad, por ahora atiende delitos de esta naturaleza, a través de la normativa establecida en su Constitución, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la Norma Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley Federal de Protección de Datos Personales, el Código Penal Federal y la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

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