Así funciona el 'bitcoin' legal en El Salvador

¿Cómo será el proceso regulatorio de los criptoactivos? / Pixlr
¿Cómo será el proceso regulatorio de los criptoactivos? / Pixlr
Esta semana el país se convirtió en el primero en el mundo en aceptar la criptomoneda de manera oficial
Fecha de publicación: 08/09/2021
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Mario Lozano

El Salvador es el primer país del mundo en adoptar oficialmente la bitcoin como moneda de curso legal. Para explicarnos un poco más sobre la criptomoneda y los cambios que ocasionará su uso, LexLatin entrevistó a Mario Lozano, socio de Arias, para conocer más al respecto.

¿Cuáles son los cambios inmediatos?

En virtud de la entrada en vigor de la Ley, se habilita la posibilidad de que comerciantes y consumidores comiencen a adquirir bienes y servicios utilizando el bitcoin como moneda de curso legal. 

Sociedades que se dedican a proveer servicios dentro del ecosistema bitcoin ofrecerán estos a los diferentes actores para que puedan realizar o ejecutar actividades como convertibilidad, pasarela de pagos, billeteras digitales, entre otros, debiendo los mismos apegarse al marco legal vigente para la realización de estas actividades.

¿Cuáles son los puntos que considera más importantes de la Ley de Bitcoin?

El punto principal de la Ley Bitcoin es que esta tiene por objeto la regulación del bitcoin como moneda de curso legal, irrestricto con poder liberatorio, ilimitado en cualquier transacción y a cualquier título que las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas requieran realizar. 

Otros puntos relevantes que hay que destacar de la Ley son: se establece que el tipo de cambio entre el bitcoin y el dólar de los Estados Unidos de América (el “dólar”) será establecido libremente por el mercado; (ii) las contribuciones tributarias podrán ser pagadas en bitcoin, todo agente económico deberá aceptar bitcoin como forma de pago cuando así le sea ofrecido por quien adquiere un bien o servicio; la única exclusión a la obligación de aceptar bitcoin como forma de pago es relacionada a quienes por hecho notorio y de manera evidente no tengan acceso a las tecnologías que permitan ejecutar transacciones en bitcoin; (v) todas las obligaciones en dinero expresadas en dólares existentes con anterioridad a la vigencia de la Ley podrán ser pagadas en bitcoin.

¿Cómo será el proceso regulatorio de los criptoactivos?

Partiendo del hecho de que el bitcoin, a partir del 7 de septiembre de 2021, es moneda de curso legal en El Salvador, se han emitido ciertas regulaciones complementarias a la Ley para su implementación y operatividad que regulan las obligaciones de los diferentes participantes en el ecosistema bitcoin, entre las que mencionamos: (i) Reglamento de la Ley Bitcoin; (ii) Ley de Creación del Fideicomiso Bitcoin; (iii) Normas Técnicas para Facilitar la Participación de Entidades Financieras en el Ecosistema Bitcoin; (iv) Lineamientos para la Autorización del Funcionamiento de la Plataforma Tecnológica de Servicios con Bitcoin y Dólares; y (v) Normas Técnicas Temporales sobre medidas de Ciberseguridad e Identificación de Clientes en Canales Digitales.

¿Qué áreas de oportunidad conlleva que bitcoin sea una moneda de curso legal en el país para los abogados?

Este tema requiere un alto nivel de especialidad/conocimiento integrado, por tanto, la correcta implementación deberá ser liderada por expertos legales que a través de su conocimiento y experiencia puedan aportar y asesorar correctamente a los clientes -locales e internacionales- en el cumplimiento de todas las obligaciones que han ido surgiendo desde la entrada en vigor de esta Ley. En virtud de lo anterior, esta es una oportunidad valiosa para que dentro de las firmas se generen nuevas áreas de práctica especializadas para poder acompañar a nuestros clientes para la correcta realización de sus negocios, haciendo uso de estas nuevas tecnologías. 

Se habla de que la billetera digital Chivo será un ahorro en las remesas que reciba el país. ¿Era necesaria esta moneda?, ¿por qué?

Es una realidad que la economía de nuestro país depende en gran medida de las remesas enviadas del exterior y recibidas en El Salvador. 

En relación con el tema del ahorro, hay que mencionar que nuestro marco legal vigente no regula expresamente temas de pagos de cargos por los servicios brindados por la realización de transacciones mediante esa billetera estatal ni exenciones al pago de los mismos por los usuarios de estas plataformas. No obstante lo anterior, en el evento de que estas transacciones mediante la billetera estatal no generen dichos cargos, sí pudiera considerarse un ahorro (específicamente en cargos/comisiones por transacción) comparado con los medios tradicionales del envío de estas remesas; es decir, este tipo de nuevas tecnologías servirán como un medio alterno para poder hacer el envío de remesas a El Salvador.

Se supone que el uso de bitcoin beneficiará la inversión extranjera, ¿cuáles son sus consideraciones?

Recientemente, El Salvador ha estado en la mira de diferentes proveedores de servicios relacionados al ecosistema bitcoin, así como también a inversionistas que desean realizar estas operaciones a través de esta moneda.

Por encontrarnos en una etapa de adaptación e implementación de las plataformas y tecnologías aplicables, se deberá estar atento y dar seguimiento a la información estadística que emita la autoridad competente para poder determinar si existe un efectivo incremento en este rubro específico, es decir, la inversión extranjera.

¿Por qué ha habido tantas críticas negativas?

Considero que la incertidumbre a algo novedoso ha generado diferentes posturas. Nosotros somos de la idea de que mientras mantengamos informados a nuestros clientes y estemos siempre cerca de ellos actualizándolos sobre la regulación, criterios, interpretaciones, comunicaciones oficiales, entre otros, podremos brindar seguridad y certeza para el debido cumplimiento de todo el marco legal vigente en relación con esta nueva normativa.

¿La criptomoneda tendrá fuerza en Bancos Centrales de Latinoamérica? ¿Cómo han visto su crecimiento?

La Ley no prohíbe a las instituciones estatales de El Salvador que utilicen el bitcoin. Para el caso específico de El Salvador, la Ley establece que será el Banco Central de Reserva junto con la Superintendencia del Sistema Financiero las entidades que tendrán como finalidad principal la emisión de la normativa correspondiente para el desarrollo de la Ley.

En conclusión, la Ley brinda al Banco Central de Reserva un papel activo para la implementación de este marco legal.
 

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