Como siempre excelente articulo por...
Como siempre, excelente articulo por parte de la periodista Romina. Cabe resaltar varias cuestiones como son éstas; la ley no menciona aspectos del crowfunding como el de recompensa y donativos, que para mi, esas fueron las cartas de presentación de este modelo de financiamiento ante el mundo, y que pueden (deben) regularse sin problemas dentro del mismo marco legal, supervisándose ante la PROFECO. Y el siguiente punto es sobre el Insurtech, gravísimo el que no se le hubiera considerado como ITF e ignorado completamente, ojala se le incluya en el futuro, puesto que en solo 4 años esa industria se ha puesto muy robusta. Y pues, tenemos las expectativas puestas en la legislación secundaria, como el la complementación del REGTECH a las ITF, ya veremos miscelaneas fiscales super personalizadas para cada sector, y lo referente a las cripto divisas, los tokens y las ICO.
Como siempre, excelente articulo por parte de la periodista Romina. Cabe resaltar varias cuestiones como son éstas; la ley no menciona aspectos del crowfunding como el de recompensa y donativos, que para mi, esas fueron las cartas de presentación de este modelo de financiamiento ante el mundo, y que pueden (deben) regularse sin problemas dentro del mismo marco legal, supervisándose ante la PROFECO. Y el siguiente punto es sobre el Insurtech, gravísimo el que no se le hubiera considerado como ITF e ignorado completamente, ojala se le incluya en el futuro, puesto que en solo 4 años esa industria se ha puesto muy robusta. Y pues, tenemos las expectativas puestas en la legislación secundaria, como el la complementación del REGTECH a las ITF, ya veremos miscelaneas fiscales super personalizadas para cada sector, y lo referente a las cripto divisas, los tokens y las ICO.