Propiedad intelectual: recomendaciones para abogados de empresas

Es relevante que las auditorías sean realizadas de forma anual o semestralmente para mitigar posibles riesgos. / Foto: Unsplash, Laurens Derks.
Es relevante que las auditorías sean realizadas de forma anual o semestralmente para mitigar posibles riesgos. / Foto: Unsplash, Laurens Derks.
Si la empresa tiene un giro que depende del registro de productos, de forma periódica, será necesario que los propios abogados in-house de la gerencia legal absorban ese trabajo.
Fecha de publicación: 26/01/2022

Para algunas empresas, especialmente las que se sustentan en tecnología, el activo más importante, más relevante que pueden tener está en sus derechos intangibles, aquellos que protege la propiedad intelectual (PI). Es decir, la creación de la mente humana puede gozar de reconocimiento legal, algo que se traduce en la descripción del conjunto de activos intangibles que una empresa o un individuo posee y que, bajo dicha protección, no pueden ser utilizados por terceros, por ejemplo: nuevos diseños, rótulos comerciales, pinturas, canciones, nuevas formas de hacer cosas, etc.

En el caso específico de las empresas es de extrema importancia ver, de forma objetiva, cuál es la propuesta de valor y como la propiedad intelectual juega un papel fundamental en el mercado en que estas se mueven, siendo un elemento importantísimo para el éxito del negocio. 

La PI otorga oportunidades concretas de crecimiento a empresas que tienen protegidos sus derechos, lo que puede ser aprovechado vía inversiones, venture capital, adquisiciones, alianzas, etc.


Te recomendamos leer: Ley de Propiedad Industrial chilena: sus cambios y su reglamento


De esta forma, la propiedad intelectual puede ser catalogada, de forma simple y sin abarcar todos los tipos existentes sino los más comunes, en: 

  1. Patentes: un derecho de propiedad generalmente otorgado por alguna agencia gubernamental, que le otorga al propietario derechos exclusivos sobre su invención, diseño, máquina y proceso. 
  2. Derechos de autor: brindan a los autores el derecho exclusivo de usar, copiar o duplicar su material, como trabajos originales como libros, artículos, canciones o películas.
  3. Marcas registradas: una marca comercial se asigna exclusivamente a un propietario, lo que significa que la empresa es propietaria de la marca comercial para que nadie más pueda usarla o copiarla, como, por ejemplo, una marca, símbolo, etc.
  4. Secretos industriales: le permite al titular del derecho tomar acciones legales contra quien incumplió la confidencialidad, por no ser información pública.

Cuando este tipo de ideas se encuentran protegidas, el destino de una empresa puede cambiar. Es decir, una empresa puede pasar de tener un patrimonio neto, prácticamente nulo, a tener un patrimonio de billones de dólares en cuestión de algunos meses, por el simple hecho de tener registrada la idea en cuestión. 

La adecuada protección y blindaje son necesarios para que terceros no roben o utilicen fraudulentamente la PI. A través de esta protección se está delimitando el uso de la tecnología/invención/idea, lo que evitará gastos innecesarios para el negocio, como por ejemplo en litigios, cuyo objeto sea proteger la tecnología frente a terceros, que son costosos y extensos, especialmente cuando hablamos de gerencias legales que no cuentan con un área especializada en PI.

Esta protección –si fuera aplicable– debería ser a nivel global, lo que da uniformidad al uso, y además evita divergencias entre países en los que se tiene la PI registrada y protegida. De esta forma, siempre será aconsejable para in-house que existan políticas y límites internos que, con claridad, expliquen hasta donde se puede ir y hasta donde la empresa está dispuesta a modificar los derechos que forman parte del corebusiness para cerrar sus negocios. Así, los derechos de PI crean una barrera segura alrededor de bienes intangibles.

Muchos creadores de emprendimientos, en sus inicios, creen erróneamente que dar protección a su propiedad intelectual es caro y complejo, por lo que habitualmente terminan no dándole la importancia debida a esta etapa. En contraste, las grandes empresas ya tienen asimilado desde hace mucho tiempo que la protección de la PI es algo esencial de su negocio. 


Quizá puede interesarte: Manual para un management legal fluido


Está práctica la hacen de la forma prolija y usando todas las armas a su disposición, porque ahí puede radicar su mayor activo, el que apalanque considerablemente el valor de la empresa ante el mercado.

Como un primer paso sugiero a las y los abogados de empresa que evalúen cuál es el nivel de protección que necesitan las ideas, considerando el core del negocio. Luego de esto se debe recurrir a los elementos más relevantes para tener una adecuada protección:

  • Registro/protección realizada de forma eficiente y eficaz.
  • Registro global.
  • Desarrollo de políticas claras y simples sobre el uso de la PI.
  • Auditorías anuales. 

En relación con este último punto, es relevante que las auditorías sean realizadas de forma anual o semestralmente para mitigar posibles riesgos, educar sobre el uso y protección de la PI, ajustar el uso e implementar las mejores prácticas. Esto será de ayuda para evaluar de forma real cómo está siendo manejada la propiedad intelectual y si está o no alineada con la estrategia de la empresa. 

La recomendación estándar es que todo lo anterior sea realizado siempre en conjunto con especialistas del área, regularmente serán externos que puedan guiarnos sobre cuál es el mejor tipo de protección y qué cuidados debemos tener para asegurarnos de proteger al máximo el IP de la empresa.

Ahora bien, si la empresa tiene un giro que, por su core business, depende del registro de productos de forma periódica, como una farmacéutica o una empresa de productos de belleza, será necesario que los propios abogados in-house de la gerencia legal absorban ese trabajo, dejando exclusivamente las consultas para casos más complejos a los asesores externos.

Siguiendo estos simples pasos, en mi opinión, tendremos asegurado una protección mínima de la PI dentro de las organizaciones para oponerse al uso indebido de terceros, darle una mayor solidez al negocio, mejorar la protección de forma permanente y, por último y sin ser menos importante, aumentar el valor de mercado del negocio de las organizaciones en las que trabajamos.

*Diego Ignacio Gómez M. es abogado de la Universidad de los Andes (Chile) y LLM. FGV (Brasil). Trabajó en estudios de abogados en Chile y Brasil, y en empresas multinacionales líderes en sus áreas para la región. Actualmente trabaja como in-house en FIS, la fintech más grande del mundo, donde tiene su foco de práctica en México y Latam.

Add new comment

HTML Restringido

  • Allowed HTML tags: <a href hreflang> <em> <strong> <cite> <blockquote cite> <code> <ul type> <ol start type> <li> <dl> <dt> <dd> <h2 id> <h3 id> <h4 id> <h5 id> <h6 id>
  • Lines and paragraphs break automatically.
  • Web page addresses and email addresses turn into links automatically.