Las nuevas notarías en línea de Ecuador

Lorena Naranjo, directora de la Dinardap, dijo que 592 notarías y 235 registros mercantiles y de la propiedad se interconectarán a escala nacional/ Dinardap
Lorena Naranjo, directora de la Dinardap, dijo que 592 notarías y 235 registros mercantiles y de la propiedad se interconectarán a escala nacional/ Dinardap
En el país sudamericano no solo se usarán los medios electrónicos para acceder a estos servicios, sino que también se reducirán las tarifas
Fecha de publicación: 18/08/2020
Etiquetas: tecnología, COVID-19

Las restricciones en la movilidad y la situación particular creada por la pandemia han provocado cambios drásticos en la modalidad de trabajo de todas las personas, empresas e instituciones a nivel mundial. En este sentido, tanto empresarios como autoridades se han visto obligados a plantear soluciones prácticas e innovadoras para atender las necesidades de sus usuarios, a través de servicios y atención virtual.

En Ecuador, la Ley de Apoyo Humanitario, promulgada para combatir la crisis sanitaria derivada del coronavirus y publicada el 22 de junio pasado, en una de sus disposiciones transitorias dispone que la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, en el plazo de 60 días desde la vigencia de la ley, debe implementar los mecanismos tecnológicos y sistemas informáticos necesarios para la interconexión entre las notarías y registros mercantiles y de la propiedad, a fin de permitir la inscripción y registro de las actuaciones notariales.

Acatando esta disposición, el pasado 7 de julio, el Consejo de la Judicatura emitió el Reglamento para la implementación progresiva de actos, contratos y diligencias notariales a través del uso de medios electrónicos y la reducción de tarifas.

Esta será implementada en dos etapas: la primera incluye diligencias sencillas como protocolizaciones, certificaciones, inscripción de contratos de arrendamiento, peticiones para marginaciones, actas notariales para requerimiento en mora, constitución de compañías o asociaciones. Las peticiones presentadas ante notario público podrán ser remitidas por vía telemática siempre que los otorgantes y abogados cuenten con firma electrónica.

La segunda etapa depende de la resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura en cuanto a la inclusión de nuevos actos, contratos y diligencias notariales que puedan ser desarrollados a través de medios electrónicos.

Todos los actos notariales realizados a través de medios electrónicos tendrán plena validez y la misma eficacia que aquellos otorgados de manera presencial. Los notarios validarán las firmas electrónicas de los otorgantes y mantendrán a su cargo un archivo electrónico con las peticiones, minutas, actos, contratos o diligencias realizados por medios electrónicos.

A fin de incentivar el uso de medios electrónicos, se reduce el valor de ciertos tipos de certificaciones de documentos que sean gestionados por este medio.

Las notarías a nivel nacional utilizarán la plataforma del sistema de actos notariales y registrales (Sanyr) -habilitada por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardap)- a fin de interactuar con los registros mercantiles y de la propiedad de los distintos cantones para la gestión de inscripciones de actos, contratos o diligencias notariales.

A través de esta planificación por parte del Gobierno nacional se pretende que en las próximas semanas todas estas dependencias públicas reciban la respectiva capacitación en los procedimientos y plataformas necesarios que permitan una atención rápida y eficiente a las necesidades de los usuarios y una optimización de recursos.

Estos son parte de los cambios urgentes y necesarios, ante el cambio de vida al que nos enfrentamos por la emergencia sanitaria.

*Verónica Mieles es asociada sénior y gerente general de Paz Horowitz Abogados.

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