Novedades para el régimen de rancho de nave

Los bienes o mercancías destinados para el uso y consumo de pasajeros y miembros de tripulación son conocidos como rancho de nave / Bigstock
Los bienes o mercancías destinados para el uso y consumo de pasajeros y miembros de tripulación son conocidos como rancho de nave / Bigstock
Las mercancías consideradas como rancho de nave deberán estar declaradas como tales para una determinada nave en el manifiesto de carga
Fecha de publicación: 07/03/2019

Hace un tiempo nos topamos con un caso en el que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) había emitido un acta a una aerolínea en el que daba cuenta de una incidencia detectada en un aeropuerto. Algún miembro de la tripulación había sacado algunos productos comestibles del avión que acababa de aterrizar, para que fueran consumidos por personal de la aerolínea, que se encontraba prestando servicios en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.

 

A simple vista, parecería exagerado que la Sunat gaste recursos en aplicar medidas de control sobre los comestibles que son para el consumo de pasajeros y tripulación a bordo.  Sin embargo, ello se explica por el beneficio que las normas aduaneras otorgan a los transportistas internacionales, a quienes se les permite ingresar al país una serie de bienes necesarios para aprovisionar a las naves, sin tener que pagar tributos por importación.

 

En otras palabras, el beneficio se sustenta en el destino específico de dichos bienes (servir al funcionamiento de la nave y al sustento de la tripulación y pasajeros a bordo), por lo que resulta entendible que la Sunat efectúe cierto control sobre los mismos.

 

Estos bienes o mercancías, destinados para el uso y consumo de pasajeros y miembros de tripulación en medios de transporte internacional y para el funcionamiento, conservación y mantenimiento de estos, son considerados como “rancho de nave” o “provisiones de a bordo”.

 

Como ya indicamos, este tipo de mercancías se admiten exentas de pago de derechos arancelarios y demás impuestos que gravan la importación para el consumo, siempre y cuando sean destinadas al régimen aduanero especial de rancho de nave.

 

Es importante tener en cuenta que las mercancías consideradas como rancho de nave deberán estar declaradas como tales para una determinada nave en el manifiesto de carga, con la finalidad de poder aplicar el beneficio.

 

Hasta hace unos días, el procedimiento general “Rancho de Nave” INTA-PE.05 —versión 1— establecía las pautas para el trámite de ingreso, traslado y salida de las mercancías destinadas al régimen aduanero especial de rancho de nave, con la finalidad de asegurar el correcto cumplimiento de las normas aduaneras.

 

Dicho procedimiento requería la presentación física de la solicitud de rancho de nave ante la Administración Aduanera, lo que resultaba bastante desfasado para los operadores de comercio exterior involucrados.

 

El 28 de enero de 2019, entró en vigencia la nueva versión del procedimiento general (versión 2). Este tiene la finalidad de que los operadores de comercio exterior puedan acogerse a este régimen aduanero, ingresando al portal de operadores de comercio exterior de la Administración, lo que claramente simplifica la operativa en beneficio de los transportistas.

 

Otro cambio es que el procedimiento general regula la salida de las mercancías de rancho de nave a la zona secundaria –fuera del aeropuerto o puerto– para reparación o mantenimiento y su posterior reingreso a la zona primaria de manera general. Dicha circunstancia hace que el reingreso de este tipo de mercancía a zona primaria no sea correctamente regulado.

 

La Sunat también ha aprobado el procedimiento específico “Reparación – Mantenimiento de Rancho de Nave”, DESPA-PE. 18.01 (versión 1), vigente desde el 28 de enero. Mediante este, se establecen las reglas a seguir para el trámite de salida de las mercancías calificadas como rancho de nave a la zona secundaria para reparación o mantenimiento y su posterior reingreso a zona primaria, con la finalidad de asegurar el adecuado control de la Administración sobre estos bienes.

 

De acuerdo con este procedimiento, el transportista beneficiario del régimen deberá ingresar al portal del operador de comercio exterior, utilizando la clave electrónica SOL y registrar los datos requeridos por el formulario electrónico para numerar la respectiva declaración. Con ello, se estaría simplificando el procedimiento que se debe seguir para la salida de las mercancías calificadas como rancho de nave y su posterior reingreso a zona primaria.

 

Con estos nuevos procedimientos, la Administración Aduanera busca reforzar el control sobre los bienes que califican como rancho de nave, pero otorgando al usuario aduanero las herramientas tecnológicas para acogerse a este régimen y cumplir con las obligaciones que este implica, en un contexto de simplificación.

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