La nueva lucha contra la corrupción en Costa Rica y su impacto en la empresa privada

El país ha realizado esfuerzos relevantes en la promulgación de nueva regulación y brindando asistencia para la aplicación efectiva de las leyes actuales en materia de corrupción/Archivo
El país ha realizado esfuerzos relevantes en la promulgación de nueva regulación y brindando asistencia para la aplicación efectiva de las leyes actuales en materia de corrupción/Archivo
La implementación de nuevos instrumentos y prácticas anticorrupción forman parte del compromiso adquirido por el país ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)
Fecha de publicación: 08/08/2019
Etiquetas: ley anticorrupción

La corrupción, a pesar de ser reprochada socialmente, ha existido desde los inicios de la civilización. No es posible señalar un solo acontecimiento en la historia como detonante que origine su aparición. Actos como el hurto y la expropiación para lograr expansionismo existen desde las civilizaciones antiguas (Mesopotamia, Persia, Egipto, Grecia, etcétera). Así lo señaló Bertolt Brecht en su libro sobre Julio César, cuando dijo “la ropa de sus gobernadores estaba llena de bolsillos”.

Sin embargo, con la creación de Transparencia Internacional (TI), hace unos 25 años, es cuando el tema se vuelve parte del debate público. Seguidamente, otras instituciones de la sociedad civil, tanto públicas como privadas, comenzaron a ofrecer medidas para enfrentar el problema. Nació la Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos (OEA), primer instrumento de su tipo a escala global, que buscaba el acuerdo de países para mejorar los mecanismos de prevención y colaboración entre los Estados miembro.

Según datos difundidos por Naciones Unidas, cada año se paga alrededor de un billón de dólares en sobornos y se calcula que se sustraen 2,6 billones de dólares anuales mediante actos de corrupción, suma que equivale a más del 5 % del PIB mundial. La corrupción y sus derivados son graves delitos que frenan el desarrollo económico y social.

A pesar de los esfuerzos realizados en todas partes, el problema persiste. Puede concluirse que esto se debe a la impunidad de los actos de corrupción. “El gran problema institucional en América Latina es la falta de mecanismos de ‘checks and balances’ (control y equilibrio)”, afirmó Raúl Ferro, del Centro para la Apertura y el Desarrollo de América Latina (Cadal).

En la región también hay más de una docena de expresidentes en la cárcel, fugitivos, involucrados en actos de corrupción o destituidos, pero la corrupción no se limita al ámbito gubernamental. Por el contrario, es un fenómeno que también está presente en la esfera privada. El fenómeno se ha convertido en una problemática transnacional, liderada por la activa participación de las empresas como agentes corruptores. Muchos países han modificado su ordenamiento jurídico y Costa Rica no viene a ser la excepción.

En el año 2012, Costa Rica inició el proceso para integrarse a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), lo que exige a nuestro país hacer esfuerzos en la implementación de instrumentos y prácticas por parte de la gestión pública. El 11 de mayo de 2017, el país se adhirió a la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales de la OCDE. Dicha convención es el único instrumento internacional anticorrupción que se enfoca en el lado “oferente” de la corrupción.  Así, el grupo de trabajo de la OCDE dio recomendaciones que desembocaron en la Ley de Responsabilidad de las Personas Jurídicas sobre Cohechos Domésticos, Soborno Transnacional y otros Delitos, aprobada el pasado 6 de junio.

La Ley abre la posibilidad de responsabilizar penalmente a las personas jurídicas (nacionales o extranjeras) y a otras figuras del comercio (tales como fideicomisos, asociaciones y fundaciones) que incurran en delitos de cohecho doméstico o soborno transnacional, instaurando una regulación acorde a estándares internacionales. De igual forma, sanciona a las empresas matrices por actuaciones de sus subsidiarias y afiliadas. La responsabilidad penal de las personas jurídicas será independiente de la responsabilidad penal de las personas físicas.

Una de las grandes y plausibles novedades de la Ley es que las penas de las personas jurídicas podrán ser rebajadas hasta un 40 % si se han dado una serie de acciones y parámetros que sea catalogable como “circunstancias atenuantes”. Entre estas sobresalen el contar con agentes de cumplimiento independientes, tener un efectivo programa anticorrupción, denunciar situaciones o infracciones internas contrarias a la Ley y colaborar con la investigación.

La normativa propone los “programas de anticorrupción” como el modelo de organización, prevención de delitos, gestión, control y, por ende, facilitador para la obtención de los atenuantes. Estos programas deberán contener una serie de condiciones mínimas, como el establecimiento de protocolos, códigos de ética, reglas y procedimientos que prevengan la comisión de delitos; así como la identificación de actividades, tanto habituales o esporádicas, que incrementen el riesgo de comisión de esos delitos. Las compañías también tendrán que someterse a una auditoría externa de la contabilidad de la empresa para regular sus controles financieros.

La reacción en Costa Rica ha sido positiva. El país ha realizado esfuerzos relevantes en la promulgación de la nueva regulación y brindando asistencia para la aplicación efectiva de las leyes actuales en materia de corrupción. Lo anterior es una muestra del compromiso para garantizar la ejecución de los compromisos incluidos en la hoja de ruta de la OCDE. Se espera que el marco regulatorio costarricense continúe fortaleciéndose para ajustarlo a los más altos estándares en la materia. Dichosamente vamos por buen camino.

 

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