Cannabis medicinal: la importancia de su reglamentación

Cannabis medicinal: la importancia de su reglamentación
Cannabis medicinal: la importancia de su reglamentación
Fecha de publicación: 07/05/2018

En noviembre de 2017 se publicó en el Perú la ley que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados. Sin embargo, a casi seis meses de su aprobación, nos encontramos aún con un informe técnico final pendiente que contendría su reglamentación. A falta de dicho informe, la ley no es efectiva e impide que logre su cometido.

¿Por qué es importante reglamentar esta ley? Porque su objetivo es garantizar el derecho fundamental de las personas a la salud y permitir el acceso para uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados. Por otro lado, se regularía el consumo con información, la investigación y la producción, así como su importación y comercialización.

 

Con la reglamentación, esta norma ordenaría la creación de cuatro administraciones a cargo del Ministerio de Salud, que contemplarían el registro de: pacientes-usuarios del cannabis y sus derivados para uso medicinal y terapéutico; personas naturales o jurídicas importadoras y/o comercializadoras; entidades de investigación autorizadas a estudiar el producto; entidades públicas y laboratorios certificados autorizados para producir.

 

Si analizamos la experiencia de países vecinos como Colombia y Uruguay  -que tienen mucho más avanzada la aplicación de la ley- , nos encontramos con un gobierno colombiano que ya reguló su procedimiento para la obtención de las licencias pensando en las entidades a cargo de dichos procesos. El uruguayo, por su parte, ha establecido diferencias entre el uso de semillas de plantas de cannabis psicoactivo y no psicoactivo, con procedimientos más específicos para la obtención de permisos y el alcance de las mismas. Por otro lado en Florida (EE.UU.), los médicos deben recibir un curso de capacitación antes de prescribir cannabis y se establece un listado enunciativo de las enfermedades o patologías concretas que podrían beneficiarse de su utilización.

 

La ley peruana ha limitado la producción de la mencionada planta al caso de laboratorios y entidades públicas, restringiendo la posibilidad de que asociaciones puedan cultivar y producir aceite de cannabis con fines medicinales. Es lógico que los medicamentos sintéticos sean producidos por laboratorios, pero el aceite artesanal podría ser producido por asociaciones debidamente conformadas sin necesidad de constituirse como laboratorios. Además, la ley no crea un órgano responsable de otorgar las licencias pertinentes, por lo que sería importante la creación de una dependencia en la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas del Perú.

 

Sería fundamental rescatar estas experiencias y establecer con claridad los procedimientos para la obtención de licencias. Dentro de los aspectos que podrían ser considerados para mejorar la ley y su reglamento, está la posibilidad de permitir y regular la exportación de productos medicinales de cannabis, ya que es lo que finalmente atraerá la inversión de grandes compañías dedicadas a su producción.

 

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