Derecho comparado: ampliación del plazo de validez de las patentes en Brasil

Los titulares de patentes interesados ​​buscan garantizar plazos de patente más largos a través de canales legales o cambiando la ley / Canva
Los titulares de patentes interesados ​​buscan garantizar plazos de patente más largos a través de canales legales o cambiando la ley / Canva
En Brasil, el debate debe prevalecer sobre la prórroga por la vía judicial.
Fecha de publicación: 03/08/2022

El año pasado, el Supremo Tribunal Federal de Brasil declaró inconstitucional el párrafo único del artículo 40 de la Ley de Propiedad Industrial (LPI). Con esto, entre otras cosas, se estableció un plazo mínimo de 10 años de vigencia de la patente desde su concesión

Desde entonces, los titulares de patentes interesados han buscado garantizar plazos de patente más largos a través de medios judiciales o modificando la ley. Uno de los argumentos esgrimidos es que la demora en el otorgamiento de la patente reduce el período de exclusividad sobre el invento, amenazando los incentivos a la innovación. Además, al realizar comparaciones con legislaciones de otros países, observamos que permiten la ampliación del plazo de protección en supuestos de reducción del plazo de exclusividad. Lo esperable es que Brasil siga el mismo camino.


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Estos argumentos, sin embargo, deben ser analizados con la debida cautela para evitar decisiones incompatibles con los intereses nacionales.

En primer lugar, el titular de la patente no está desprotegido. El artículo 44 de la LPI garantiza una compensación por la explotación no autorizada de la invención en el período comprendido entre la publicación de la solicitud de patente y su concesión. Este modelo también se utiliza en los países desarrollados. Alemania, por ejemplo, no tiene ninguna disposición legal para la extensión de la patente en vista de la demora en su examen, pero también garantiza dicha compensación. El debate académico sobre la equivalencia entre los derechos de exclusividad y el derecho a compensación es extenso y aún está abierto. Sin embargo, debe evitarse cualquier generalización en el sentido de que la mera ausencia de exclusividad sea perjudicial para la innovación.

En segundo lugar, el derecho internacional, por regla general, no asigna ninguna obligación de implementar tal extensión del plazo de la patente. Los países tienen libertad regulatoria, pudiendo considerar tanto sus propios intereses, como su crecimiento industrial y la salud pública. Si bien el período de examen de patentes por parte del Inpi está en constante declive, especialmente debido a los acuerdos de asistencia firmados con oficinas de patentes extranjeras, es cierto que el período de examen de patentes en Brasil está muy por encima del promedio mundial. Aún así, la gran mayoría de los países, incluidos los que comparten este problema, no adoptan esta extensión. La Oficina Europea de Patentes, por ejemplo, es criticada por su período de examen considerablemente más largo que el promedio de los países desarrollados. A pesar de esto, los miembros del Convenio de Patentes Europeas, por regla general, no aplican ninguna extensión de plazo por este motivo.


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El número de países que ha adoptado la extensión es bastante limitado. Entre ellos, la mayoría incluidos países en desarrollo afectados como Chile, Colombia, México y Perú solo lo hicieron bajo los tratados de libre comercio suscritos con EE.UU., y a través de ellos obtuvieron ciertas ventajas comerciales en otras áreas. Además, se aplican condiciones específicas sobre el período tolerable para el examen, la responsabilidad del depositante y el cálculo del período de prórroga.

En tercer lugar, incluso en países con una industria farmacéutica fuerte, la extensión del plazo de exclusividad se trata con cautela. Esto se evidencia en las prórrogas derivadas de la demora en autorizar la comercialización de medicamentos.

En la Unión Europea, los Certificados de Protección Complementaria están limitados a 5 años y su ámbito de protección se reduce considerablemente en comparación con las patentes. Lo mismo ocurre en EE.UU., que también determina un plazo concreto para la solicitud y un cómputo objetivo del plazo regulatorio relevante para la prórroga. En Japón, las pruebas preclínicas de drogas, por ejemplo, no se consideran para tal extensión.

Esta gran consideración con la que se trata la extensión del período de protección de patentes en el escenario internacional es muy recomendable para Brasil. La importación de modelos extranjeros y la aplicación equivalente del párrafo único del artículo 40 por vía judicial no son adecuadas.

Toda intervención legislativa debe estar precedida de un debate abierto y transparente en el ámbito de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, que debe considerar no solo el interés público y las capacidades de la industria nacional, sino también las diversas facetas de la innovación.

*Pedro Henrique D. Batista es investigador académico en el Instituto Max Planck para la Innovación y la Competencia en Múnich, Alemania.

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