Acceso igualitario y precio asequible para la vacuna COVID-19

Es momento de que los laboratorios sean transparentes con los Estados y develen qué es lo que se encuentra detrás del concepto 'investigación y desarrollo', el factor más importante para determinar el precio del producto farmacéutico / Unsplash, Hakan Nural
Es momento de que los laboratorios sean transparentes con los Estados y develen qué es lo que se encuentra detrás del concepto 'investigación y desarrollo', el factor más importante para determinar el precio del producto farmacéutico / Unsplash, Hakan Nural
Es momento de que los laboratorios sean transparentes con los Estados y develen qué es lo que se encuentra detrás del concepto “investigación y desarrollo”, un factor clave para determinar el precio de un producto farmacéutico innovador
Fecha de publicación: 18/03/2021

El título de este artículo tiene implícito un supuesto que, creo, inevitablemente acontecerá. El sector privado, tarde o temprano, será habilitado a importar, almacenar, distribuir y comercializar las vacunas contra el coronavirus. Sobre esto no debería generarse gran discusión, pues argumentos legales y prácticos sobran para que el Estado se vea apoyado por dicho sector.

En el frente legal, garantizar el libre acceso a prestaciones de salud no parece otorgar una exclusividad al sector público para vacunar a la población. Esta premisa, establecida en el artículo 11 de la Constitución Política del Perú, parece clara en habilitar al Estado, al sector privado y a un régimen mixto a afrontar las emergencias sanitarias. No olvidemos que este régimen subsidiario parte del Decreto Legislativo 757, que en su artículo 6 deroga toda reserva en favor del Estado para realizar actividades económicas.

Razones prácticas existen también. Por ejemplo, la realidad peruana nos ha enseñado que nuestro aparato estatal es poco eficaz para ejecutar gasto, realizar compras y, además, ha sido logísticamente falto de ideas para desplegar políticas públicas. Si a ello sumamos los ambiciosos objetivos en la política de vacunación, el panorama se complica aún más: generar una inmunidad de grupo en los dos primeros años de vacunación no se logra inoculando con 10.000 dosis cada dos meses en una población que supera los 30 millones de habitantes.

Si tenemos en cuenta que la vacuna no genera inmunidad de por vida sino solo temporal, la eficacia de esta política pública se supedita a una vacunación rápida. ¿Puede lograrlo el Estado por su cuenta? La respuesta cae de madura.

Esperemos que, más temprano que tarde, el sector privado inicie su participación. Esto nos lleva al tema más importante (otra vez, creo yo) de esta controversia: ¿El mercado farmacéutico peruano ofrece las garantías para un acceso universal, asequible y de calidad a la vacuna? Definitivamente no.

La exorbitante diferencia de precios entre medicamentos en el Perú y en otros países solo tiene una respuesta y es el monopolio. Si el Estado es consciente de la existencia de esta falla del mercado farmacéutico, tomará medidas igual de serias que la pandemia que afrontamos.

Si de dar algunas ideas se trata, pues aquí vamos. Partiremos por entender que el monopolio no solo es causado por la concentración empresarial del sector farmacéutico peruano, sino, adicionalmente, por el régimen jurídico de la patente que regula la vacuna. La vacuna proviene de un proceso creativo, industrial y técnico que otorga un derecho para explotar exclusivamente la innovación por un tiempo determinado. El tema aquí es que, más allá de aplaudir el avance de la ciencia, los Estados y distribuidores negocian a ciegas un precio sobre el que no pueden distinguir entre lo que responde a un costo y lo que respondería al margen de ganancias del laboratorio.

El régimen de las patentes está rodeado de un secretismo amparado en el derecho de propiedad, por lo que la primera medida a recomendar es la transparencia. Es momento de que los laboratorios sean transparentes con los Estados y develen qué es lo que se encuentra detrás del concepto “investigación y desarrollo”, un factor clave para determinar el precio del producto farmacéutico innovador. De esta forma ayudamos a reducir la asimetría informativa Estado-laboratorio y que el precio de la vacuna sea lo más cercano a su real valía.

La segunda herramienta es la farmacovigilancia. El precio de la vacuna tiene que ser congruente con la calidad del mismo. Los precios deberán variar según su eficacia, no solo en el papel, sino según su desempeño en la realidad. A esto aporta la vigilancia activa por parte de la autoridad sanitaria peruana y los efectos de la inoculación en la población.

Como tercera medida, si la salud ha sido caracterizada por el Tribunal Constitucional (TC) como un servicio público, ¿por qué no regular precios de vacunas? Partiendo por la transparencia de los costos y el sinceramiento del concepto “innovación y desarrollo”, el Estado podrá tomar la decisión de autorizar la comercialización de la vacuna a un precio tope, o price cap, que cubra los costos del comercializador, además de otorgarle una ganancia razonable. 

Sin dejar de tener en cuenta los recuerdos nefastos que esta emergencia sanitaria nos está dejando, usémosla como motivo para, de una vez por todas, identificar la crítica situación en que se encuentra el mercado farmacéutico peruano. Medidas excepcionales a situaciones excepcionales, si no es ahora, ¿cuándo?

*Cristian Silva Romero es consultor en Vignolo & Reyes Arrese Abogados.

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