La Suprema Corte de México sienta un precedente en contra de los retrasos del IMPI

La SCJN determinó otorgar una compensación del tiempo para la vigencia de la patente / Fuente: Bayer
La SCJN determinó otorgar una compensación del tiempo para la vigencia de la patente / Fuente: Bayer
El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial tarda, en promedio, entre tres y seis años en pronunciarse sobre una patente
Fecha de publicación: 28/10/2020

Una reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por la que se revisó el amparo presentado por la farmacéutica Bayer Healthcare contra el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), sienta un precedente importante para la práctica, en específico, en la compensación del tiempo de vigencia de patentes. 

En 2019 Bayer, representado por Basham, Ringe y Correa, solicitó ante el IMPI que se le compensará el tiempo perdido por retraso administrativo en el registro de una patente médica usada como tratamiento para ciertos tipos de cáncer sólido. La estrategia utilizada por el abogado Adolfo Athié, socio de la firma, argumentaba principalmente restituir el tiempo perdido, mas no extender el tiempo de vigencia. En este caso, el IMPI tardó más de cinco años en el trámite de registro de la patente (en promedio tarda entre tres y seis años). 

La Corte falló en favor de la farmacéutica y le otorgó 17 años efectivos de explotación de la patente. En el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), que entró en vigor el 1 de julio 2020, todos los trámites que hayan tardado más de cinco años en su otorgamiento o su solicitud podrían iniciar un procedimiento de la misma naturaleza. De igual forma, aquellas patentes que se solicitaron durante la vigencia de la Ley de la Propiedad Industrial y del entonces Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y que tardaron más de tres años en su concesión podrían solicitar su compensación. 

La farmacéutica inició el trámite de su patente el 12 de enero de 2000, de manera internacional, conforme al Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT). Posteriormente, en julio 2001, presentó su solicitud nacional de patente ante el IMPI, sin embargo, la concesión se emitió el 26 de julio de 2006 y fue notificada en abril de 2007. 

La ley mexicana establece que el tiempo de vigencia de una patente comienza a correr desde el momento en que se presenta la solicitud de registro internacional. De ahí que, aunque la solicitud nacional se dio con posterioridad a la internacional, se computó desde el 12 de enero de 2000. En otras palabras, de los 20 años de vigencia que otorga la legislación mexicana para una patente, la farmacéutica sólo gozaría de 14. 

En el amparo, Bayer alega la vulneración de derechos humanos como la seguridad jurídica y la equidad e imparcialidad. Además advierte la inconstitucionalidad del artículo 23 de la Ley de la Propiedad Industrial, artículo que establece la vigencia de 20 años para las patentes pero que contraviene lo aprobado en el Tratado de Libre Comercio. En este se establece la facultad de extender el periodo de protección de patentes. 

La ministra ponente del fallo fue Yasmín Esquivel Mossa. En su proyecto de resolución reconoció que los tiempos variados para el otorgamiento de una patente resultan en “consecuencias parciales, inequitativas y de incertidumbre jurídica, ya que los justiciables desconocen el tiempo real de protección de su invención con motivo de su trámite, el cual debería ser igual para todos”. 

Al respecto coincide el abogado Athié cuando menciona: “El artículo 23 de la Ley de la Propiedad Industrial no establece plazos máximos para otorgar una patente, de tal suerte que el examinador se puede tardar dos, tres, cuatro, cinco o más años en conceder la patente en detrimento de la vigencia de 20 años. Por lo tanto, los años reales de vigencia de la patente son inferiores a los 20 años y no existe una uniformidad para todos los titulares de patentes, sino hay distintas vigencias de patentes dependiendo el caso. Esa disparidad de vigencias de patentes genera inseguridad jurídica y arbitrariedad”.

La ministra Esquivel Mossa tomó como referencia que en Estados Unidos sí se regula el otorgamiento de un periodo de compensación por dilación administrativa. En México el legislador optó por aumentar el periodo de 17 a 20 años de protección de patente sin proporcionar un marco de seguridad jurídica en lo que respecta al tiempo de tramitación.

Add new comment

HTML Restringido

  • Allowed HTML tags: <a href hreflang> <em> <strong> <cite> <blockquote cite> <code> <ul type> <ol start type> <li> <dl> <dt> <dd> <h2 id> <h3 id> <h4 id> <h5 id> <h6 id>
  • Lines and paragraphs break automatically.
  • Web page addresses and email addresses turn into links automatically.