Dos años después, México retoma el camino para regular la cannabis medicinal

Un nuevo reglamento busca impulsar la producción industrial y médica y la investigación del sector salud, farmacológico y agronómico del cannabis / Unplash - RichardT
Un nuevo reglamento busca impulsar la producción industrial y médica y la investigación del sector salud, farmacológico y agronómico del cannabis / Unplash - RichardT
La norma llega más de 900 días tarde
Fecha de publicación: 29/07/2020

En julio de 2017 se admitió en México el uso de cannabis con fines médicos y científicos. Una reforma que incluyó la despenalización de la siembra, cultivo o cosecha de marihuana para esos fines.

Posterior a la reforma, el Ejecutivo debía emitir su reglamento en un periodo de 180 días. Desde entonces han pasado muchas cosas. El país pasó por un cambio de presidente, llegó la pandemia del coronavirus, el Poder Judicial concedió dos prórrogas, el Poder Ejecutivo se autoconcedió más tiempo y hoy, finalmente, por fin se revisa la iniciativa del reglamento. 

El proyecto fue elaborado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), dependencia mexicana encargada de implementar y revisar políticas y programas para prevenir y atender riesgos sanitarios a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer). La idea es regular la producción industrial y médica, la investigación del sector salud, la investigación farmacológica y agronómica del cannabis. Con la iniciativa, los interesados deberán solicitar una autorización a la Cofepris para hacer investigaciones o hacer uso industrial. Para los interesados en la siembra, cultivo y cosecha de la cannabis deberán tramitar su permiso ante el Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad y Calidad. Para lo anterior se establecerá un cupo máximo de producción farmacéutica y un cupo máximo de producción primaria. 

La Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural, mediante dos de sus órganos desconcentrados, deberá emitir reglas para comprobar la calidad genética y física de las semillas. Además del uso de sistemas que eviten la contaminación física y química de la cannabis durante su producción primaria. Acompañado de estas medidas, cada titular de un registro sanitario deberá contar con un laboratorio de control de calidad.

Para acreditar el uso de medicamentos derivados de la cannabis, sólo será necesaria la receta médica con la firma del profesional que la extiende. Las farmacias autorizadas para su distribución contarán además con un registro de pacientes que les permita conocer el diagnóstico del paciente y la fecha de prescripción de la medicina. 

En cuanto a la importación y exportación, será la Secretaría de Economía quien determinará los aranceles y el Servicio de Administración Tributaria verificará el cumplimiento de las disposiciones que regulan la entrada y salida al territorio nacional. 

La publicidad sólo está permitida cuándo esté dirigida a los médicos y demás profesionales de la salud. Queda prohibida la promoción y publicidad dirigida al resto de la población.

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