El anuncio, que se dio en la antesala a las elecciones presidenciales, busca simplificar el sistema tributario costarricense e impulsar un alivio fiscal.
Fecha de publicación: 27/03/2025
Etiquetas: reforma tributaria,
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Desde que el mundo es mundo, la reducción de impuestos es una de las medidas más populares. Ahora bien, en América Latina estos anuncios no suelen ser moneda corriente. Sin embargo, Costa Rica dio un batacazo.
En la antesala a las elecciones presidenciales, el Ministerio de Hacienda anunció la reducción gradual de impuestos a 60 productos de primera necesidad. Con la entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo 44921-MH, que modifica la Ley N° 4961 “Reforma Tributaria y Ley de Consolidación de Impuestos Selectivos de Consumo”, el país pretende impulsar un alivio tributario.
Nogui Acosta
“Al rebajar los porcentajes del impuesto selectivo de consumo (ISC) y reducir la cantidad de tarifas, estamos dando un paso importante para la progresividad y simplificación del sistema tributario costarricense. Con esta reforma beneficiamos a los grupos de más bajos ingresos y cerraremos portillos a la evasión: unificaremos las tarifas del impuesto y esto evitará la declaración de mercancías gravadas a tasas menores de las que les corresponde”, sostuvo Nogui Acosta, ministro de Hacienda.
La medida, que se publicó oficialmente el martes 25 de marzo en La Gaceta, establece que algunos bienes reducirán su gravamen del 30 % al 10 %, mientras que otros quedarán exentos por completo.
Varios de los productos alcanzados por el impuesto selectivo de consumo estaban gravados desde hace más de cuatro décadas. En 40 años, el consumo cambió y lo que entonces se consideraban bienes de lujo, como algunos ítems de higiene personal, ya forman parte de la canasta básica familiar.
El decreto, que actualiza ese listado y los categoriza como productos de primera necesidad, propone aliviar la carga tributaria -hasta la entrada en vigencia del decreto están sujetos a tasas de entre el 5% y el 30%. ¿El objetivo final? Democratizar el acceso de estos productos a todos los consumidores.
Los principales productos beneficiados con el anuncio son los artículos de higiene y cuidado personal, como detergentes, jabones líquidos, suavizantes de ropa, champú, lacas para el cabello, desodorantes corporales y preparaciones para afeitar; y materiales y equipos, como pinturas, barnices, acrílicos, baterías usadas para diversas aplicaciones, dispositivos eléctricos de encendido o arranque de motores y sistemas de encendido por chispa o compresión.
Felipe Guevara
“La medida es muy positiva. Si bien la reducción del Impuesto Selectivo de Consumo (ISC) representa un alivio tributario que podría beneficiar a los consumidores y al comercio, su verdadero impacto dependerá de varios factores. Es fundamental evaluar en qué medida la disminución de las tarifas incide en los precios finales, el nivel de consumo de estos productos en el país y si realmente fomenta el cumplimiento fiscal en las importaciones y reduce el comercio ilícito”, analiza Felipe Guevara Leandro, socio de Consortium Legal Costa Rica.
Si bien el experto en derecho tributario considera que la reducción gradual tiene buenas intenciones, aún es temprano para calificar la medida como un cambio estructural significativo o un hito histórico.
“Más allá de que beneficia a la industria y el comercio en general, una reducción fiscal de este tipo debería traducirse, en última instancia, en un beneficio directo para los consumidores, algo que dependerá de cómo se reflejan los ajustes en los precios finales y en la dinámica del mercado”, advierte.
Cómo se aplicará la reducción gradual del impuesto selectivo de consumo:
En principio, según quedó establecido en el decreto, se realizará por etapas, en tres fases:
A partir del 31 de marzo, 17 productos iniciarán una reducción gradual hasta alcanzar una tasa del 10%.
A partir del 30 de junio, 27 productos quedarán exonerados del impuesto selectivo de consumo (tarifa 0%).
A partir del 30 de septiembre, 16 productos comenzarán una reducción progresiva hasta alcanzar una tasa del 15%.
“Cada fase contempla una reducción distinta, alcanzando una tarifa del 10%, 0% o 15%, según corresponda. Mientras que en la fase 1 la reducción será progresiva durante un máximo de 4 años, la fase 3 se aplicará en un plazo de 3 años. En contraste, la fase 2 establece una exoneración inmediata con una tarifa del 0%”, diferencia Guevara Leandro.
El ministro de Hacienda explica que el decreto tiene sentido por el comportamiento de las finanzas públicas: mantenimiento de superávits primarios consecutivos y reducción de la deuda como porcentaje del Producto Interno Bruto (PIB) a menos del 60%.
Para el socio de Consortium Legal, el anuncio tiene relación directa con las próximas elecciones presidenciales. “Esto sugiere un interés del gobierno en destacar reducciones de impuestos como una estrategia para mantener su popularidad y respaldar el argumento de una disminución en el costo de vida”, opina Guevara Leandro.
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