La disputa entre Antena 3 y MC&F por El Rosco en España

Pasapalabra deriva de un concurso británico llamado The Alphabet Game, que fue adaptado a varios países./ Foto: AtresPlayer.
Pasapalabra deriva de un concurso británico llamado The Alphabet Game, que fue adaptado a varios países./ Foto: AtresPlayer.
Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación S.A. (matriz de Antena 3) discute desde hace años en tribunales con la holandesa MC&F Broadcasting Production and Distribution C.V. los derechos de autor de esta prueba.
Fecha de publicación: 23/11/2022

El concurso televisivo de Pasapalabra es uno de los de mayor audiencia en España desde hace años. Este programa, emitido por Antena 3, consiste en el enfrentamiento de dos equipos que, por medio de miniconcursos de adivinanzas, acumulan segundos que se suman a la prueba final.

Se trata de El Rosco, que no es más que un círculo conformado por las letras de nuestro abecedario que preceden la descripción de una palabra o concepto cuyos dos concursantes finales deben adivinar. Cada día que no se gana El Rosco (bastante difícil de acertar al 100 %) se suma una cuota de dinero que se acumula en algo llamado bote.

El Rosco es la parte más complicada del juego y puede mantener por meses a un único concursante (o un par de ellos) detrás de él. Esta es la parte más emocionante y la única de todo el programa que está en medio de una controversia legal por su autoría.

En un paralelismo innegable: así como El Rosco se disputa entre dos partes en las pantallas televisivas, Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación S.A. (matriz de Antena 3) discute desde hace años en tribunales con la holandesa MC&F Broadcasting Production and Distribution C.V. los derechos de autor de esta prueba.


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¿En qué consiste el litigio?

Pasapalabra deriva de un concurso británico llamado The Alphabet Game que fue adaptado a varios países, entre esos Italia donde se llamó Passaparola, inspiración de la versión española, incluida su prueba final, que no es parte del programa británico, sino de esta adaptación.

En España, el programa se emitió originalmente en Antena 3, luego pasó a Telecinco cuando esta firmó un contrato con ITV, la creadora del programa original. Eventualmente, Passaparola MC&F exigió a ITV y Mediaset (matriz de Telecinco) el pago de regalías por el uso de El Rosco, a lo que Mediaset se negó, pues consideró que la versión española no era lo mismo que el programa que licenciaron a ITV.

Esta disputa la heredó Antena 3 cuando empezó de nuevo a transmitir Pasapalabra, luego de que MC&F demandó a Atresmedia e ITV por apropiación indebida de El Rosco, sobre el que reclama propiedad intelectual y derechos de autor.

La demandante exigía respeto a su autoría y una indemnización ante un tribunal catalán que, en 2020, desestimó el caso. Para ese momento, el Juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona recordó que ya existía la resolución del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid (2014) que consideró que la prueba fue la adaptación de un formato televisivo que evolucionó con el tiempo y que, en apariencia, incluyó al Rosco como parte de un todo y no como un formato independiente y, por ende, sujeto a derechos de autor. Para el tribunal barcelonés, El Rosco carece “de la originalidad necesaria para ser considerado objeto de propiedad intelectual”.

No obstante, MC&F recurrió en 2021 e insistió en que es el único dueño legítimo de los derechos de la prueba luego de que sus creadores (Reto Luigi Pianta y René Mauricio Loeb) les vendieron sus derechos sobre este, por lo que solicitó el embargo del programa hasta que se resuelva el caso y se obtengan las regalías correspondientes, especialmente porque en el primer juicio en Madrid no tuvieron oportunidad de demostrar su autoría, ya que Mediaset no participó en el caso.

Así llegamos a la semana pasada, cuando la Audiencia de Barcelona dio la razón a MC&F y condenó a Antena 3 a dejar de transmitir El Rosco por considerar que infringe los derechos de propiedad intelectual de la productora neerlandesa, que también tiene derecho a recurrir a una indemnización por los daños causados.


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De acuerdo con El Comercio, “ITV Studios, personado en la causa en su condición de licenciante de los derechos del programa, y Atresmedia alegaron que la titularidad de los derechos de autor de El Rosco había sido dirimida y resuelta en 2016 por la sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid en sentencia firme, que ratificó el Tribunal Supremo tres años después, provocando la cancelación inmediata del espacio de Telecinco tras perder Mediaset su pleito con ITV sobre la relación contractual que les unía a ambos con este formato”.

Medios españoles aclararon que, a pesar de que se pidió a Antena 3 no transmitir El Rosco, el canal no está obligado a dejar de transmitir Pasapalabra y su prueba final hasta que recurra ante el Tribunal Supremo, lo que dejaría la sentencia en suspenso “mientras el nuevo tribunal decide, en un proceso judicial que podría tardar cerca de tres años”.

No está probada la autoría de El Rosco

Cuando el Juzgado Mercantil 8 de Barcelona desestimó la demanda de MC&F lo hizo con base en el hecho de que no se había hecho prueba alguna que determinase la originalidad y autoría de El Rosco, por lo que no se había establecido firmemente que es un producto sujeto a las protecciones naturales de la propiedad intelectual. Ya que no todo programa televisivo es protegible por ley sin que demuestre que representa una idea original que refleja la creatividad de su autor, quién tiene derecho sobre esta prueba es algo que aún se discute en España, sobre todo porque aún no hay sentencia firme en el caso.

The Digital Law precisó que el juzgado catalán también desestimó “las acciones subsidiariamente ejercitadas al amparo de la Ley de competencia desleal, al aplicar el principio de la complementariedad relativa, ya que los hechos en que se fundamentan las acciones de competencia desleal no presentan facetas de desvalor diferentes a las examinadas al amparo de la Ley de propiedad intelectual. Se trata de un principio inicialmente acuñado en la jurisdicción para los derechos marcarios, pero que también resulta aplicable en la relación entre derechos de autor y competencia desleal”.

Las leyes españolas distinguen entre propiedad intelectual y propiedad industrial. La intelectual se refiere a creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte tangible o intangible, es decir, derechos de autor, mientras la industrial (regulada a través de la Ley 17/2001 de Marcas y la Ley 24/2015 de Patentes) se refiere a los diseños industriales, marcas y nombres comerciales, patentes y modelos de utilidad. Aunque en España la protección a los derechos de autor se aplica automáticamente, los expertos recomiendan inscribir las obras en el Registro de Propiedad Intelectual para hacer constar la autoría.


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El principal problema con El Rosco, Pasapalabra y las partes involucradas es que, como indicó el despacho madrileño Esquivel & Martín Santos, “aborda un tema jurídico muy escurridizo, como es el de la protección de los formatos televisivos”, porque muchos se basan en ideas que, en teoría, no son registrables, a diferencia de las marcas, que sí lo son, por lo que “hay mucha más ambigüedad en lo que se refiere a cómo proteger su mecánica. (...) En principio, parece que el derecho de autor sería el instrumento susceptible de acoger estas obras bajo su paraguas, especialmente a falta de otro mejor. Sin embargo, un principio básico de propiedad intelectual e industrial es que las 'ideas' no se pueden proteger ni registrar, sino solo las expresiones concretas de las mismas. Esto elimina completamente la posibilidad de que una mera premisa para un programa pueda ser objeto de derecho de autor”.

En este caso, lo único que queda por hacer, aparte de esperar la sentencia firme, es revisar todos los aspectos del programa que pudieran determinar, a través del uso justo de la jurisprudencia, cuáles de sus elementos son protegibles por el derecho de autor.

Hoyng Rokh Monegier asesoró, a través de su oficina de Madrid, a MC&F Broadcasting Production and Distribution C.V. 

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