Todo lo que tienes que saber del Reglamento Centroamericano sobre Competencia

Bajo este reglamento los países pueden notificar, de manera voluntaria, al comité sobre operaciones de concentración que, considere, pueden afectar intereses de los otros países miembros / Archivo LexLatin
Bajo este reglamento los países pueden notificar, de manera voluntaria, al comité sobre operaciones de concentración que, considere, pueden afectar intereses de los otros países miembros / Archivo LexLatin
Se ha creado un comité especial para el diseño de actividades de promoción regional de la materia
Fecha de publicación: 15/04/2021

En marzo pasado entró en vigencia el Reglamento Centroamericano sobre Competencia que establece la normativa para Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá en la materia. El objetivo de esto es desarrollar las actividades económicas y maximizar los beneficios de la liberación comercial. 

Las normas conjuntas de la región encuentran su fundamento en la Organización de los Estados Centroamericanos (ODECA), creada en 1951. Este organismo se formó con el propósito de facilitar la cooperación y fortalecer los lazos en la región. Lo que siguió después para Centroamérica fue la suscripción de su mercado común en 1960 para crear una zona de libre comercio y un arancel externo común. "Esto sentó las bases para la constitución de la Unión Aduanera Centroamericana", detalla Liz Gordillo, managing partner de Arias - Guatemala

Liz Gordillo
Liz Gordillo

A decir de Gordillo, esta normativa es esencial en el proceso de integración y liberalización comercial de la región, así como para el cumplimiento de los compromisos que los Estados han adquirido como región, e incluso  individualmente, con otros países y para promover el funcionamiento competitivo de los mercados.

¿A partir de qué eventos se comenzó a hablar de esta norma que unifica a Centroamérica?, ¿hay otras de este tipo, de otras materias?

El Reglamento Centroamericano de Competencia fue aprobado con base en las disposiciones del Protocolo de Guatemala que, suscrito por Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá en 1991, establece como nuevo marco jurídico-político el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA). También con base en el Convenio Marco para el Establecimiento de la Unión Aduanera Centroamericana suscrito por Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica, en la ciudad de Guatemala el 12 de diciembre de 2007.

Es de mencionar que el Protocolo de Guatemala establece que los Estados parte convienen en adoptar disposiciones comunes para evitar las actividades monopólicas y promover la libre competencia en los países de la región. Por su parte, el citado convenio establece la obligación de los estados parte de desarrollar una normativa regional en materia de política de competencia.

¿Cómo beneficia a los consumidores este nuevo reglamento?

En la medida en que los mercados en la región estén libres de prácticas monopólicas y anticompetitivas, los consumidores se beneficiarán al poder contar con variedad de productos y servicios, de buena calidad y a mejores precios.

¿Será necesario emitir normas adicionales para el cumplimiento de los acuerdos del reglamento?

El Comité Centroamericano de la Competencia tiene a su cargo implementar, aplicar y gestionar los trabajos necesarios para cumplir con el Reglamento, además de implementar acciones de cooperación en materia de competencia regional y realizar actividades para su promoción, entre otros.

¿Las recomendaciones emitidas por el Comité serán vinculantes para los países miembros?

Sí, serán adoptadas por consenso de los Estados parte y tienen efecto vinculante para los países del ámbito de su aplicación.

¿Se tomarán en cuenta parámetros internacionales para la adecuación de las diferentes legislaciones implicadas?

El Reglamento no lo especifica, no obstante, debe tomarse en consideración que el proyecto del reglamento fue previamente revisado por el Consejo Consultivo de Integración Económica (CCIE). Ahí se establece que en su aplicación deberán respetarse las competencias asignadas por los Estados parte a la correspondiente autoridad de competencia de cada país miembro. Esto para la implementación de sus leyes de competencia. 

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