El Salvador elimina el IR para inversionistas, ¿cómo aprovecharlo siendo extranjero?

Enrique Escobar, socio de Lexincorp: "Posterior al cierre del primer ejercicio fiscal de aplicación, podremos verificar los efectos de la medida". / Canva.
Enrique Escobar, socio de Lexincorp: "Posterior al cierre del primer ejercicio fiscal de aplicación, podremos verificar los efectos de la medida". / Canva.
El contexto del país centroamericano incluye reformas al Código de Comercio que habilitan las sociedades por acciones simplificadas, agilizando el desarrollo de los negocios.
Fecha de publicación: 03/05/2024

A mediados de marzo, la Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó, con 69 votos, una reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), ampliando la lista de elementos exentos del tributo, incluyendo valores recibidos en el extranjero y movimientos financieros internacionales. 

La medida, respaldada por el presidente del Congreso, Ernesto Castro, busca estimular la inversión y garantizar la igualdad de condiciones para los inversionistas, atrayendo más capital al país sin comprometer la estabilidad fiscal, mientras se refuerzan medidas contra el lavado de dinero. Esta iniciativa pretende también mejorar el trato fiscal para los salvadoreños, incluyendo a la diáspora.

Enrique Escobar
Enrique Escobar

Enrique Escobar, socio de Lexincorp - Sede El Salvador, al evaluar la reforma destaca principalmente el contrapeso positivo hacia la captación de inversión extranjera. 

“La reforma ha sido algo positivo ya que busca el crecimiento del país y, para ello, es necesario proveer de incentivos suficientes al capital extranjero. Dicha reforma se espera traiga capital extranjero a nuestro país (...) si bien habrá un porcentaje faltante de tributos, se espera sea compensado por otros medios, por ejemplo, mayores fuentes de trabajo, mayor consumo de productos y de comercios locales”, indica. 


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La nueva medida fiscal en El Salvador dialoga con otras normativas, destaca Escobar, se trata de leyes recientes, como la de activos digitales y el fomento a la innovación, lo que promete una mayor inversión de capital extranjero en el país.

En términos legales y de tratados bilaterales, el especialista resalta la soberanía de El Salvador, razón por la que no habría interferencia en la elección hecha sobre sus políticas fiscales. 

"Considero que, en este sentido, cada país es soberano, no necesariamente aplica el principio de reciprocidad, sino que cada país puede escoger libremente aplicar medidas, como las reformas al impuesto sobre la renta aprobadas en El Salvador", asegura. 

En este nuevo panorama y mientras se van manifestando los efectos prácticos de la implementación de esta reforma, Enrique Escobar nos comparte recomendaciones claves tanto para el mercado interno como para hacer eficientes las operaciones de potenciales inversores extranjeros.


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Recomendaciones para el mercado interno

¿Qué aspectos legales y tributarios considera que se deben tener en cuenta al implementar una medida como esta? 

Enrique Escobar: Los principales aspectos legales y tributarios a considerar son los siguientes:

  1. En primer lugar, es necesario verificar la armonía de las reformas con el resto de legislación tributaria ya existente, así como las leyes especiales y, con base en ello, verificar su aplicación y operatividad.
  2. Es necesario analizar si en algún momento específico habrá duplicidad de exenciones, por ejemplo, entre incentivos otorgados por leyes especiales y nuevas reformas, siendo necesario aplicar por especialidad.
  3. Es necesario verificar el país de procedencia del extranjero para determinar si adicionalmente existe algún convenio entre El Salvador y dicho país.
  4. Es necesario tomar en cuenta cada caso en específico conforme a las reformas emitidas.
  5. Estaremos pendientes de verificar si el Ministerio de Hacienda emite una guía o lineamientos adicionales para la aplicación de dichas reformas. 

¿Cómo cree que esta medida afectará a las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) dentro de El Salvador?

Enrique Escobar: Esperamos que impacte en un sentido positivo, al atraer inversión extranjera que fomentará el consumo de productos y servicios locales, requerirán proveedores y diferente apoyo dentro de la cadena de valor, lo que podrá ser aplicado en sentido positivo.


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Las claves para el inversor extranjero

¿Qué consideraciones legales y fiscales deben tener en cuenta las empresas extranjeras que deseen invertir en El Salvador tras esta reforma?

Enrique Escobar: Existe un rango muy amplio de incentivos fiscales para empresas y ahora para personas naturales extranjeras que deseen invertir en nuestro país, por lo que hay que analizar cada caso.

A manera de ejemplo, existen ciertas consideraciones que debemos analizar antes de iniciar negocios en El Salvador y verificar la aplicación de las exenciones de la ley, como las siguientes: 

  1. Verificar los países de constitución de las sociedades y si estos se encuentran en jurisdicciones consideradas como de baja o nula tributación, así como paraísos fiscales.
  2. Verificar los países de los accionistas de las sociedades y si estos se encuentran en jurisdicciones consideradas como de baja o nula tributación, así como paraísos fiscales.
  3. Verificar si una sociedad con capitales extranjeros goza de incentivos fiscales por cualquier otra ley salvadoreña, por ejemplo, la de activos digitales o de bitcoin, Ley de zonas francas industriales y de comercialización o por Ley de servicios internacionales, entre otras.

Es necesario tomar en cuenta los aspectos previamente detallados para determinar si habrá potencialmente un conflicto entre leyes y exenciones, para lo que deberá analizarse cada caso y la norma que prevalecerá al administrado. 


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¿Qué medidas adicionales podrían ser necesarias para garantizar que esta reforma impulse el crecimiento económico sostenible en el país?  

Enrique Escobar: Existen ya ciertas medidas que están siendo aplicadas, por ejemplo, incentivos a rubros específicos de actividad económica, facilidades para la entrada al país de extranjeros y para la obtención de residencias o ciudadanías. 

En general, la reforma deberá acompañarse de forma adicional de una recaudación sostenible y estructurada por la administración a los sujetos pasivos que sí deberán pagar los tributos. Adicionalmente, los bancos y demás sujetos obligados por la ley contra el lavado de dinero y de activos cumplirán su función como filtros para verificar el origen de dichos fondos.

Por parte del sector legal, como abogados brindaremos las mejores herramientas legales y asesoría en legislación tributaria que beneficie a los usuarios que gozarán de las exenciones, analizando todos los aspectos relevantes y proveyendo herramientas legales modernas para realizar negocios como, por ejemplo, las recién aprobadas reformas al Código de Comercio que habilitan las sociedades por acciones simplificadas, que vienen a ofrecer una forma más sencilla y ágil para llevar a cabo negocios en El Salvador que, junto con todas las nuevas normativas, conviertan al país en un lugar muy atractivo para invertir.

No podemos dejar de mencionar que el tema de seguridad es un factor muy importante para que todas estas reformas tengan el éxito esperado. Vale también aclarar que El Salvador está promoviendo mucho la inclusión financiera, mediante los diferentes incentivos antes mencionados.


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¿Cuál es su opinión sobre la transparencia y la rendición de cuentas en relación con esta reforma fiscal? 

Enrique Escobar: Se recomienda aplicar medidas adicionales de control como la identificación eficiente de los sujetos que gozarán de las exenciones a la Ley de impuesto sobre la renta, aplicar filtros adicionales para evitar el lavado de dinero y de activos para lo que El Salvador cuenta con legislación que cumple con los estándares internacionales de control y, finalmente, posterior al cierre del primer ejercicio fiscal de aplicación, podremos verificar las inversiones en otros rubros y aspectos positivos esperados como consecuencia de la reforma.

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